Admite TEPJF impugnación de Ejecutivo contra IFE
Refuta Presidencia determinación que le imputa violar tiempos electorales.
México, DF. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio entrada a la impugnación del Ejecutivo federal contra la resolución del Instituto Federal Electoral (IFE) en torno a la presunta violación a la Constitución al difundir propaganda gubernamental durante las pasadas campañas locales.
La Sala Superior admitió el caso el viernes y lo turnó a la ponencia de la magistrada presidenta María del Carmen Alanís Figueroa, a fin de que lo resuelva junto a las tres impugnaciones más que se presentaron sobre el asunto por parte de los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y Verde Ecologista de México (PVEM).
El recurso de apelación fue interpuesto por Miguel Alessio Robles, en su carácter de consejero jurídico del Ejecutivo federal y en él se alega que el IFE se extralimitó en sus funciones.
El órgano electoral federal resolvió en julio pasado que el Ejecutivo violó la Constitución al difundir el 15 de junio en cadena nacional y por lo tanto, en los estados con campañas, un mensaje en el que informó de su estrategia de seguridad.
El Consejo General del IFE resolvió que tal mensaje fue propaganda gubernamental que no debió transmitirse según lo establecido en el Artículo 41 constitucional, que prohíbe durante el periodo de campañas la difusión de materiales de ese tipo en estados con comicios.
Por ello, el Ejecutivo federal impugnó tal resolución al considerar que con ella se restringe la facultad del presidente de explicar a los ciudadanos sobre temas importantes como es la seguridad.
Además, sostuvo que el IFE carece de atribuciones para imputar responsabilidad al titular del Ejecutivo federal por el contenido de su mensaje a la nación en materia de seguridad nacional.
De igual forma, defiende que los mensajes que el presidente emite en cadena nacional son meramente informativos y no propagandísticos, además de que, según la misma Constitución, el Ejecutivo sólo puede ser acusado por traición a la patria y delitos graves del orden común.
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