Aprueba el consejo general sancionar a candidato de Acción Nacional de Tabasco
Objetan en el IFE criterios del tribunal electoral sobre libertad de expresión
María del Carmen Alanís, Alejandro Luna, Salvador Olimpo y Esteban Penagos, en la sesión del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación del pasado 7 de julio. Foto María Meléndrez Parada
Alonso Urrutia
Periódico La Jornada
Sábado 28 de agosto de 2010, p. 17
Sábado 28 de agosto de 2010, p. 17
La sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para sancionar a un candidato panista en Tabasco, al partido y a la empresa radiofónica Oye, que lo
entrevistónueve ocasiones, derivó en cuestionamientos de los consejeros sobre los alcances de los criterios impuestos por los magistrados en materia de libertad de expresión.
Si los aplicamos estrictamente todo tenderá a ser propaganda y no tenemos criterios claros de ver, ironizó Arturo Sánchez.
Durante la sesión del consejo general del Instituto Federal Electoral (IFE), el acatamiento de la sentencia centró gran parte del debate. El consejero Benito Nacif consideró que la orden de los magistrados es ahora sancionar a los comunicadores,
porque el concepto de propaganda política se extiende a las entrevistas. Creo que es un precedente peligroso y se deben revisar esos criterios, porque en la democracia mexicana los periodistas deben realizar su labor en total libertad.
En contraste, el consejero Alfredo Figueroa advirtió que era preciso ponderar los alcances de la sentencia,
pues es necesario reconocer los abusos en que incurren algunos partidos al tratar de hacer pasar como entrevistas lo que en realidad es propaganda electoral. Por ello llamó a sus colegas a valorar realmente la necesidad de atender ese fenómeno en función de las diversas aristas del problema.
Finalmente, como ocurre prácticamente en los acatamientos de sentencias del TEPJF, se votó de forma unánime por las sanciones que pidieron los magistrados. Algunos consejeros, como Marco Antonio Baños y Marco Antonio Gómez Alcántar, justificaron los fundamentos de los magistrados al enfatizar que un medio de información que entrevista nueve ocasiones a un candidato es excesivo y por ello cae en el rubro de propaganda.
Sin embargo, Sánchez fue uno de los más críticos de la decisión del TEPJF, “porque vamos a tener que acabar midiendo el rating de la estación para ver cuánta gente pudo haber escuchado esto y medir el impacto de una o nueve entrevistas. Después de este criterio tendríamos que trabajar de oficio, contar entrevistas y evaluar si eso es propaganda electoral y sancionar al medio, los candidatos y los partidos, porque de lo contrario cómo operaríamos criterios como ese”.
El debate derivó en consenso entre la mayoría de los consejeros electorales e incluso de los partido políticos en la necesidad de que el Congreso defina con mayor precisión criterios sobre el tema o, en su caso, el propio IFE, con las resoluciones del TEPJF vaya construyendo a nivel reglamentario un criterio aplicable más sólido, de cara a las elecciones de 2012.
Para el perredista Rafael Hernández, de las sentencias del TEPJF no se desprende una certeza plena sobre el tema de la diferencia entre la libertad de expresión y la propaganda electoral, y si los partidos políticos y el IFE no se sientan a clarificar este tema,
Sin embargo, Sánchez fue uno de los más críticos de la decisión del TEPJF, “porque vamos a tener que acabar midiendo el rating de la estación para ver cuánta gente pudo haber escuchado esto y medir el impacto de una o nueve entrevistas. Después de este criterio tendríamos que trabajar de oficio, contar entrevistas y evaluar si eso es propaganda electoral y sancionar al medio, los candidatos y los partidos, porque de lo contrario cómo operaríamos criterios como ese”.
El debate derivó en consenso entre la mayoría de los consejeros electorales e incluso de los partido políticos en la necesidad de que el Congreso defina con mayor precisión criterios sobre el tema o, en su caso, el propio IFE, con las resoluciones del TEPJF vaya construyendo a nivel reglamentario un criterio aplicable más sólido, de cara a las elecciones de 2012.
Para el perredista Rafael Hernández, de las sentencias del TEPJF no se desprende una certeza plena sobre el tema de la diferencia entre la libertad de expresión y la propaganda electoral, y si los partidos políticos y el IFE no se sientan a clarificar este tema,
quién sabe hacia dónde nos esté llevando esto. No conviene que estemos en este litigio en 2012, concluyó.
Comentarios
Publicar un comentario