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EL TEPJF CONFIRMÓ LA REVOCACIÓN DE SANCIONES DETERMINADA POR LA SALA ELECTORAL ADMINISTRATIVA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE TLAXCALA

México, D.F.   15 de septiembre de 2010
 Fuente: TEPJF

 
  • Salvaguardan cuota de género en Consejo Electoral de San Luis Potosí
  • Amonestan a Comisión Nacional de Garantías del PRD y al Secretario Ejecutivo del Instituto Electoral Veracruzano



La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la sentencia de la Sala Electoral Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Tlaxcala (SEATSJT) que, entre otras cuestiones, revocó la resolución del Consejo General del Instituto Electoral local (IET), mediante la cual sancionó a los titulares del Ejecutivo Federal y local, por la omisión de suspender la difusión de sus programas y acciones de gobierno durante la campaña electoral 2010 en la entidad.

Los días 25 de junio y 3 de julio pasados, el Consejo General del IET ordenó al Presidente de México y al gobernador de Tlaxcala suspender la difusión de sus respectivas propagandas gubernamentales, y les impuso pagar, respectivamente, una multa por 7 mil 500 y 10 mil días de salario mínimo vigente en la entidad ante la secretaría de Finanzas estatal.

La SEATSJT revocó dichas sanciones al establecer la ilegal conformación de la Comisión Especial para la Verificación y Seguimiento de Propaganda Gubernamental del IET.

Inconforme con ello el Partido Revolucionario Institucional (PRI) apeló ante esta Sala Superior. Por unanimidad, los magistrados confirmaron esa determinación, al constatar que dicha comisión sólo puede conformarse con consejeros electorales, y no con todos los miembros del Consejo General, del Instituto y los representantes de los partidos políticos, entre otras irregularidades.

Restituyen a consejera electoral en San Luis Potosí

Al analizar otro juicio, el TEPJF restituyó a María del Carmen Haro Aranda su derecho a ocupar un lugar en el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de San Luis Potosí, tras dejar sin efecto la determinación del consejero presidente de aquel, en el sentido de convocar a Pascual Zúñiga del Ángel en sustitución de la consejera propietaria María del Carmen Espinosa Gómez.

Lo anterior, tras advertir que de una interpretación sistemática y funcional de la norma electoral local, se establece que el consejo electoral no podrá integrarse con más del 70% de un mismo género. En consecuencia, se ordenó al titular de ese organismo integrar a Haro Aranda a las funciones que le competen legalmente.

Amonestan a CNG del PRD y a Secretario Ejecutivo del IEV

En otro caso, el TEPJF ordenó a la Comisión Nacional de Garantías del Partido de la Revolución Democrática, que de inmediato lleve a cabo las diligencias necesarias para resolver la queja de Raciel Pérez Cruz contra Hilario García Valdés, por un presunto acto de campaña a favor del PRI en el Estado de México. Asimismo se amonestó públicamente a dicha Comisión por retrasar la atención de dicha denuncia.

Asimismo, al resolver otra queja, se amonestó públicamente al Secretario Ejecutivo del Instituto Electoral Veracruzano (IEV) por incumplir una sentencia anterior del TEPJF, que le ordenaba admitir una queja del Partido Acción Nacional (PAN) contra el grupo de activistas denominado "Pasillos del poder", por la presunta campaña denostativa contra Miguel Ángel Yunes Linares, candidato de la coalición "Viva Veracruz" a gobernador de esa entidad.

En consecuencia, se dejó sin efecto la determinación de dar por no presentada la queja panista, y se le exhortó a cumplir la sentencia de esta Sala Superior, apercibiéndolo a que de no cumplir, se hará acreedor a una sanción conforme a Derecho.

En sesión pública de este día, la Sala Superior del TEPJF resolvió tres juicios para la protección de los derechos político–electorales del ciudadano (JDC), un juicio de revisión constitucional electoral (JRC) y un recurso de apelación, que en total suman cinco medios de impugnación. El JDC 1007 y el JRC 230, los dos de este año, fueron retirados. Asimismo se resolvió un incidente de inejecución de sentencia.

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