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EL IEV DEBE ANALIZAR PROBABLE INFRACCIÓN ELECTORAL DE YUNES LINARES: TEPJF

Fuente: TEPJF
 
  • Participó en procesos internos de selección de candidatos de dos partidos distintos sin haberse aprobado coalición entre ellos
  • Se ordenó reponer procedimientos contra José Francisco Olvera en Hidalgo, y contra Carlos Lozano en Aguascalientes



El Instituto Electoral Veracruzano (IEV) deberá analizar la probable violación a la norma electoral de esa entidad por parte de Miguel Ángel Yunes Linares, otrora candidato a la gubernatura estatal por los partidos Acción Nacional (PAN) y Nueva Alianza (Panal), al participar en dos procesos internos de selección de candidatos por partidos políticos distintos, sin haberse aprobado previamente la coalición entre éstos.

Así lo determinaron por unanimidad los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al revocar la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de Veracruz y dejar intocada la amonestación pública y multa por 500 días de salario mínimo vigente en esa entidad, que el IEV impuso a dicho aspirante y a cada uno de esos partidos políticos.

Sin embargo, en el proyecto de sentencia se establece que ninguna de las autoridades locales se pronunció respecto de la violación al último párrafo del artículo 67 de la ley electoral veracruzana, que prohíbe que un ciudadano participe “en dos o más procesos de selección interna de candidatos a cargos de elección popular por diferentes partidos políticos, salvo que entre ellos medie convenio para participar en coalición”.

En consecuencia, se otorgó al IEV un plazo de 15 días, contados a partir del día siguiente de recibir esta sentencia, para estudiar y calificar esta probable infracción y, en su caso, determinar la sanción correspondiente.

Se revocó sanción a Yunes Linares
Al resolver otro recurso de apelación, se revocó la sanción que el Consejo General del Instituto Federal Electoral (CGIFE) impuso a Yunes Linares, por la presunta difusión de propaganda electoral a favor de éste entre el 9 y el 15 de febrero de 2010, y ordenada por persona distinta al IFE, y se confirmaron las multas impuestas a diversas concesionarias de radio en Veracruz que transmitieron dicha publicidad.

Lo anterior, al advertir que en ese periodo de tiempo existían dos aspirantes a la candidatura gubernamental con el apellido “Yunes” y la propaganda denunciada nunca especificó a cuál de ellos se refería.

Deben reponerse procedimientos contra Olvera Ruiz y Lozano de la Torre
Por otra parte, el TEPJF ordenó al Consejo General del Instituto Electoral de Hidalgo (CGIEH) reponer el procedimiento administrativo sancionador contra José Francisco Olvera Ruiz, candidato de la coalición “Unidos Contigo” (PRI, PVEM, PANAL), por presuntos actos anticipados de campaña.

Ello porque dicha autoridad omitió emplazar a Olvera Ruiz con el objeto de que compareciera como parte del procedimiento administrativo sancionador y, en su caso, aportara pruebas pertinentes para su defensa.

En otro asunto, los magistrados de la Sala Superior confirmaron la sentencia del Tribunal Electoral de Hidalgo (TEH), que a su vez validó el acuerdo emitido por el CGIEH de declarar infundada una queja contra Joel Aguilar Aldana, director de Recaudación Fiscal y Catastro Municipal de Tizayuca, porque su presunta asistencia a un evento organizado en apoyo al candidato priísta a gobernador en día hábil, no vulneró el principio de equidad.

Al analizar un caso distinto, se ordenó al Consejo General del Instituto Electoral de Aguascalientes, que dentro de las 24 horas siguientes a la notificación de la sentencia, reponga el procedimiento sancionador contra Carlos Lozano de la Torre y el Partido Revolucionario Institucional (PRI), por ser probables responsables de una campaña denostativa contra el entonces candidato panista a la gubernatura de esa entidad.

En otro tema, sin pronunciarse sobre el fondo del asunto, y al cesar la transmisión de promocionales relativos al quinto informe del gobernador del Estado de México desde el pasado 15 de septiembre, se desechó la queja panista contra la improcedencia de dictar medidas cautelares de retirar del aire dichos spots, determinada por la Comisión de Quejas y Denuncias del IFE.

Al resolver un juicio distinto, los magistrados ordenaron a la LIX Legislatura de Guerrero, designar de inmediato al presidente municipal sustituto de Iliantenco para completar el periodo constitucional 2009-2012, en acatamiento a una resolución anteriormente emitida por esta Sala Superior, apercibiendo a dicho organismo a que de no hacerlo, se le impondrá uno de los medios de apremio establecidos en la Ley General del Sistemas de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Antes de iniciar la sesión pública de ese día los magistrados guardaron un minuto de silencio en memoria del ministro José de Jesús Gudiño Pelayo.

Este día la Sala Superior revolvió tres juicios para la protección de los derechos político–electorales del ciudadano, cuatro juicios de revisión constitucional electoral, ocho recursos de apelación y un recurso de reconsideración, que en total suman 16 medios de impugnación.

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